Empieza ya la cuenta atrás para las eleciones a Consejos Escolares. Sabemos que se realizan esfuerzos de favorecer la participación en los Centros Educativos a las familias y tutores legales. Es por eso por lo que la Junta Electoral presidida por el Director/a de los Centros remite, tal como dice la ORDEN de 7 de octubre de 2010, por la que se regula el desarrollo de los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares en su:
Artículo 11. Voto no presencial.
1. Las madres, los padres y los representantes legales del alumnado podrán participar en la votación enviando su voto a la correspondiente Mesa electoral del centro por correo certificado o entregándolo a la persona titular de la Dirección del mismo antes de la realización del escrutinio.
A tal efecto, la Junta electoral de cada centro informará oportunamente a los mismos para lo que les remitirá la papeleta de voto y las instrucciones correspondientes, que incluirán el número máximo de personas candidatas que pueden ser votadas.
Teniendo las papeletas en casa se podrá votar sin tener que ir el día de las votaciones ya que es la forma más fácil y menos gravosa:
2. Para garantizar el secreto del voto, la identidad de la persona votante y evitar posibles duplicidades se utilizará el sistema de doble sobre.
El sobre exterior se dirigirá por correo certificado a la Mesa electoral de madres, padres y representantes legales del alumnado, o bien, se entregará durante los cinco días hábiles anteriores al de la votación a la persona titular de la Dirección del centro que lo custodiará hasta su entrega a dicha Mesa electoral. El sobre contendrá firma manuscrita y coincidente con la que aparece en el documento de identificación que aporte, fotocopia del DNI o de otro documento acreditativo equivalente, y un segundo sobre en blanco y cerrado en cuyo interior se habrá incluido la papeleta de voto.
Estas son las instrucciones que emanan de una Orden de la Consejería de Educación y sabemos y esperamos que todos los centros la cumplirán
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