martes, 27 de julio de 2010

RESIDENCIAS ESCOLARES

 
Resolución de 23 de julio de 2010 de la Dirección General de Planificación y Centros por la que se resuelve la convocatoria a la que se refiere la Orden de 27 de noviembre de 2009, por la que se convocan plazas de Residencia Escolar o Escuela Hogar para facilitar la escolarización del alumnado en las enseñanzas obligatorias en el curso 2010/11.

La Orden de la Consejería de Educación de 27 de noviembre de 2009 (BOJA de 21 de enero de 2010), convocó plazas de Residencia Escolar o Escuela Hogar para facilitar la escolarización del alumnado en las enseñanzas obligatorias en el curso 2010/11.

Una vez finalizados los trámites previstos en la mencionada convocatoria, esta Dirección General de Planificación y Centros, de acuerdo con el apartado décimo de la citada Orden, ha dispuesto:

Primero. Aprobar con carácter definitivo la relación de alumnos y alumnas de educación obligatoria que han obtenido o se les ha denegado plaza en Residencia Escolar ó Escuela Hogar al amparo de la Orden de la Consejería de Educación de 27 de noviembre de 2009.

Segundo. La relación del alumnado de educación obligatoria admitido y no admitido, indicando en este caso el motivo de la denegación, se publicará en la página web de la Consejería de Educación, en los tablones de anuncios de las correspondientes Delegaciones Provinciales y en centros receptores.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
 

LA CASA DEL FUTURO

Una casa muy moderna nos presentan en este vídeo que espero nos haga reflexionar sobre las nuevas tecnologías y al tiempo nos haga sonreir.

jueves, 22 de julio de 2010

TUTORíA VIRTUAL, ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y PASEN

Aprobado el Decreto por el que se regula el Sistema de Información Séneca.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía reunido con fecha 11/05/2010 aprueba el decreto regulador del sistema de información Séneca, que consolida la gestión telemática en la educación andaluza. Se extiende así  la Administración electrónica a la totalidad de los centros del sistema educativo andaluz, lo que permitirá simplificar su gestión e impulsar la comunicación con las familias. A partir de ahora, la tramitación de los documentos y procedimientos, como los relativos a certificaciones académicas o actas de calificaciones, se realizarán exclusivamente en formato electrónico, eliminando la versión en papel escrito. De igual modo, las familias podrán realizar por internet todo el proceso de escolarización y seguir la evolución académica del alumnado a través de la tutoría virtual.
Más información:

miércoles, 14 de julio de 2010

DECRETOS QUE APRUEBAN LOS REGLAMENTOS ORGÁNICOS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS (ROC)

Ya se han promulgado los Decretos que aprueban los Reglamentos Orgánicos ( de organización ) de los Centros  ROC.

Entre las novedades destacamos la figura de Delegado de Madres y Padres del Alumnado en cada grupo (aula), el procedimiento de elección y sus funciones y que se recogerá dentro del Plan de Convivencia del Proyecto Educativo de cada Centro.

También sobre la  elección y renovación del Consejo Escolar dice que: 1. La elección de todos los representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa en el Consejo Escolar se realizará por dos años y 2. El procedimiento ordinario de elección de los miembros del Consejo Escolar se desarrollará durante el primer trimestre del curso académico de los años pares. Es decir el próximo curso escolar tendremos elecciones a Consejo Escolar con esta nueva normativa.

Os dejamos un Slideshare con los Decretos para vuestra información.



viernes, 9 de julio de 2010

MANUALES DE ATENCIÓN AL ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO



La Consejería de Educación, después del impulso que recibió en 2002 la atención a la diversidad con la primera publicación de las Guías de Atención al Alumnado con Necesidades Educativas Especiales asociadas a discapacidad, lanza una primera revisión de dichas publicaciones, actualizándolas y situándolas en un lugar más acorde según los cambios normativos, teóricos, ideológicos y/o terminológicos que en las últimas fechas se han producido en educación, en general, y en el ámbito de la atención a la diversidad, en particular.

Estos Manuales tienen como objetivo facilitar un primer acercamiento de toda la comunidad educativa a las necesidades específicas de apoyo educativo y proporcionar pautas de intervención y estrategias a profesionales que tienen contacto con este sector del alumnado y a las familias, siempre dentro de una perspectiva global del individuo que atienda a sus necesidades personales, sociales y familiares y difundiendo además ejemplos de buenas prácticas educativas.

La obra contiene diez guías que incluyen además cuatro fichas sobre normativa, bibliografía, páginas web y direcciones de interés.
 
1.- Necesidades Específicas de Apoyo Educativo.

Necesidades Específicas de Apoyo Educativo
1. Introducción.
2. Necesidades educativas especiales: nociones básicas.
3. Elección de centro y modalidades de escolarización.
4. Admisión del alumnado.
5. Ha empezado el curso, ¿qué atención educativa recibirá?.
6. ¿Existen otras ayudas? ¿Para qué? ¿Dónde? ¿Cuándo? ¿Cómo?.
7. Orientación educativa.
8. Otras atenciones especializadas.
9. Otros convenios y participaciones.
10. La Agencia europea para el desarrollo de las
necesidades educativas especiales.

 
2.- Altas Capacidades Intelectuales.

Altas Capacidades Intelectuales
1. ¿Quiénes son los alumnos y alumnas con altas capacidades intelectuales?.
2. Identificación y evaluación del alumnado.
3. Necesidades específicas de apoyo educativo.
4. Atención educativa.
5. La familia.
6. Glosario.
7. Anexos.
 
3.- Limitaciones en la Movilidad.

Limitaciones en la Movilidad.
1. ¿Qué es la diversidad funcional por limitación en la movilidad?.
2. Evaluación del alumnado y del contexto educativo.
3. La atención educativa.
4. Los profesionales: recursos humanos necesarios.
5. La familia y el centro educativo.
6. La coordinación interinstitucional.
7. Glosario.
8. Anexos.
 
4.- Trastornos Graves de Conducta.

Trastornos graves de conducta.
1. ¿Quiénes son los alumnos y alumnas con Trastornos Graves de Conducta?.
2. Evaluación e identificación del alumnado con Trastorno Grave de Conducta.
3. Necesidades educativas especiales.
4. Actuación educativa.
5. La familia.
 
5.- Trastornos Generales del Desarrollo.

Trastornos generales del desarrollo.
1. ¿Quiénes son los alumnos y alumnas con Trastornos Generales del Desarrollo?.
2. Identificación y evaluación del alumnado.
3. Necesidades educativas especiales.
4. Atención educativa.
5. La familia.
6. Glosario.
 
6.- Síndrome de Down.

Síndrome de Down.
1. ¿Quiénes son los alumnos y alumnas con Síndrome de Down?.
2. Identificación y evaluación del alumnado.
3. Necesidades educativas especiales.
4. Atención educativa.
5. La familia.
6. Glosario.
 
7.- Discapacidad Auditiva.

Discapacidad Auditiva.
1. ¿Quiénes son los alumnos y las alumnas con discapacidad auditiva?.
2. Identificación y evaluación del alumnado.
3. Necesidades educativas especiales.
4. Atención educativa.
5. La familia.
6. Glosario.
 
8.- Discapacidad Visual y Sordoceguera.

Discapacidad Visual y Sordoceguera.
1. ¿Quiénes son los alumnos y alumnas con discapacidad visual y sordoceguera?.
2. Identificación y evaluación del alumnado.
3. Necesidades educativas especiales.
4. Atención educativa.
5. La familia.
6. Glosario.
 
9.- Enfermedades Raras y Crónicas.

Enfermedades Raras y Crónicas.
1. ¿Quiénes son los alumnos y alumnas con enfermedades raras?.
1.1. Identificación y evaluación del alumnado.
1.2. Necesidades específicas de apoyo educativo.
2. ¿Quiénes son los alumnos y alumnas con enfermedades crónicas.
2.1. Identificación y evaluación del alumnado.
2.2. Necesidades específicas de apoyo educativo.
3. Atención educativa.
4. La familia.
5. Glosario
 
10.- Discapacidad Intelectual.

Discapacidad Intelectual.
1. ¿Quiénes son los alumnos y alumnas con discapacidad intelectual?.
2. Identificación y evaluación del alumnado.
3. Necesidades educativas especiales.
4. Atención educativa.
5. La familia.
6. Glosario.
 

jueves, 8 de julio de 2010

LA ESCUELA DE LOS NIÑOS FELICES

LA ESCUELA DE LOS NIÑOS FELICES , Gudrun Pausewang.

Te voy a confiar un secreto:

Hay una escuela donde no se aprende a deletrear, sino a cabalgar sobre ciervos.

Tampoco se aprende a mirar fijamente a la pizarra con ojos soñolientos, sino a navegar sobre nubes.

No a medir las carreras con cronómetro ni los saltos con cinta métrica, sino a bailar sobre el alambre.

No se aprende a bajar la cabeza ni a mirar de reojo al maestro, sino a domar monstruos.

Tampoco a balbucear textos sino a reconocer huellas de hadas.

Y nada de que dos y dos son cuatro y la hora tiene sesenta minutos, sino a hacer magia y a soñar.

No a estar sentado, en las bellas mañanas de primavera, en un aula que huele a trapo de pizarra y a ropa sudada, sino a oler como las flores.

No a pedir buenas notas y temblar cuando van a ser entregadas, sino a caminar sobre el agua.´

Allí tampoco se aprende que la luna empieza por L, estrella se escribe con LL, y que lobo tiene una B, sino a hablar el lenguaje de los animales.

No a estar sentado inmóvil y con la boca cerrada, sino a vivir en los árboles.

Y mucho menos a empujar a los demás: "¡Largo! Yo primero", sino a consolar a las personas tristes.

¿Que dónde está esa escuela? En el Valle del Mirlo, tres quilómetros más allá de Pentecostés. Se llama "La Escuela de los Niños Felices". Su puerta está abierta de par en par. Y si una día regresas, cuéntales a tus maestros dónde estuviste. Quizá comiencen a escucharte.

http://www.librerialuces.com/fotos/9788485334612.jpg

lunes, 5 de julio de 2010

BECA 6000



CONVOCATORIA CURSO 2010/2011. PLAZO DE SOLICITUD ABIERTO DESDE EL DÍA 3 DE JULIO HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010.

En el curso 2009/2010, la Consejería de Educación puso en marcha el programa BECA 6000 dirigido a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado de Bachillerato y de Ciclos Formativos de Grado Medio.

Para el curso 2010/2011 se amplia la BECA 6000 a los estudiantes de 2º curso de Bachillerato y 2º curso de Ciclo Formativo de Grado Medio pertenecientes a familias con rentas modestas que hayan finalizado con éxito los cursos de 1º de Bachillerato o 1º de Ciclo Formativo, así como al alumnado que termina la enseñanza obligatoria.

Para la percepción de la BECA 6000 será obligatorio el progreso satisfactorio en las evaluaciones que se realicen a lo largo del curso y, en caso contrario, se interrumpirá temporalmente el pago de la misma hasta conocer el resultado de la siguiente evaluación. También se tendrá en cuenta la asistencia a clase y se suspenderá el pago de forma inmediata cuando el alumno o alumna haya causado baja en el centro antes de la finalización del curso escolar o cuando no haya asistido a un 15% de horas lectivas, computadas mensualmente, salvo que las faltas estén debidamente justificadas.

Los estudiantes que opten a estas becas deberán estar en posesión del título de Graduado en ESO y estar matriculados del curso completo de Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Específica en un centro docente de Andalucía. Para mantener la beca al año siguiente será necesario haber obtenido una calificación positiva en todas las materias del curso anterior.

Además, los beneficiarios no pueden estar realizando ninguna actividad laboral ni estar inscritos como demandantes de empleo. La Consejería de Educación fija anualmente los umbrales de renta para acceder a esta convocatoria.
 
TRAMITACIÓN

Tanto la solicitud de la BECA 6000 como de la Convocatoria General se cumplimentarán en las páginas web de la Consejería de Educación (BECA 6000) como en la del Ministerio de Educación (Convocatoria General).

Con objeto de facilitar al alumnado la cumplimentación de las citadas solicitudes, se facilitará en los centros educativos los espacios y medios correspondientes para que puedan solicitar las becas para el próximo curso a través de la página web de la Consejería de Educación y del Ministerio de Educación.

Antes de realizar la conexión para cumplimentar las solicitudes el alumnado deberá tener preparada la siguiente documentación:

- El NIF o NIE de todos los miembros computables de la familia mayores de 14 años, así como la fecha de nacimiento de los citados miembros.
- Una cuenta corriente en la que aparezca el solicitante como titular o cotitular donde se recibirá el importe de las becas.
- Una cuenta de correo electrónico para notificación.

Para realizar la tramitación de cualquier solicitud con el Ministerio de Educación el alumnado deberá registrarse en el siguiente enlace, pulsando el botón "Registrarse" en la sección "Educación y yo".


Enlaces