CONVOCATORIA CURSO 2010/2011. PLAZO DE SOLICITUD ABIERTO DESDE EL DÍA 3 DE JULIO HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010.
En el curso 2009/2010, la Consejería de Educación puso en marcha el programa BECA 6000 dirigido a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado de Bachillerato y de Ciclos Formativos de Grado Medio.
Para el curso 2010/2011 se amplia la BECA 6000 a los estudiantes de 2º curso de Bachillerato y 2º curso de Ciclo Formativo de Grado Medio pertenecientes a familias con rentas modestas que hayan finalizado con éxito los cursos de 1º de Bachillerato o 1º de Ciclo Formativo, así como al alumnado que termina la enseñanza obligatoria.
Para la percepción de la BECA 6000 será obligatorio el progreso satisfactorio en las evaluaciones que se realicen a lo largo del curso y, en caso contrario, se interrumpirá temporalmente el pago de la misma hasta conocer el resultado de la siguiente evaluación. También se tendrá en cuenta la asistencia a clase y se suspenderá el pago de forma inmediata cuando el alumno o alumna haya causado baja en el centro antes de la finalización del curso escolar o cuando no haya asistido a un 15% de horas lectivas, computadas mensualmente, salvo que las faltas estén debidamente justificadas.
Los estudiantes que opten a estas becas deberán estar en posesión del título de Graduado en ESO y estar matriculados del curso completo de Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Específica en un centro docente de Andalucía. Para mantener la beca al año siguiente será necesario haber obtenido una calificación positiva en todas las materias del curso anterior.
Además, los beneficiarios no pueden estar realizando ninguna actividad laboral ni estar inscritos como demandantes de empleo. La Consejería de Educación fija anualmente los umbrales de renta para acceder a esta convocatoria.
Para el curso 2010/2011 se amplia la BECA 6000 a los estudiantes de 2º curso de Bachillerato y 2º curso de Ciclo Formativo de Grado Medio pertenecientes a familias con rentas modestas que hayan finalizado con éxito los cursos de 1º de Bachillerato o 1º de Ciclo Formativo, así como al alumnado que termina la enseñanza obligatoria.
Para la percepción de la BECA 6000 será obligatorio el progreso satisfactorio en las evaluaciones que se realicen a lo largo del curso y, en caso contrario, se interrumpirá temporalmente el pago de la misma hasta conocer el resultado de la siguiente evaluación. También se tendrá en cuenta la asistencia a clase y se suspenderá el pago de forma inmediata cuando el alumno o alumna haya causado baja en el centro antes de la finalización del curso escolar o cuando no haya asistido a un 15% de horas lectivas, computadas mensualmente, salvo que las faltas estén debidamente justificadas.
Los estudiantes que opten a estas becas deberán estar en posesión del título de Graduado en ESO y estar matriculados del curso completo de Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Específica en un centro docente de Andalucía. Para mantener la beca al año siguiente será necesario haber obtenido una calificación positiva en todas las materias del curso anterior.
Además, los beneficiarios no pueden estar realizando ninguna actividad laboral ni estar inscritos como demandantes de empleo. La Consejería de Educación fija anualmente los umbrales de renta para acceder a esta convocatoria.
TRAMITACIÓN
Tanto la solicitud de la BECA 6000 como de la Convocatoria General se cumplimentarán en las páginas web de la Consejería de Educación (BECA 6000) como en la del Ministerio de Educación (Convocatoria General).
Con objeto de facilitar al alumnado la cumplimentación de las citadas solicitudes, se facilitará en los centros educativos los espacios y medios correspondientes para que puedan solicitar las becas para el próximo curso a través de la página web de la Consejería de Educación y del Ministerio de Educación.
Antes de realizar la conexión para cumplimentar las solicitudes el alumnado deberá tener preparada la siguiente documentación:
- El NIF o NIE de todos los miembros computables de la familia mayores de 14 años, así como la fecha de nacimiento de los citados miembros.
- Una cuenta corriente en la que aparezca el solicitante como titular o cotitular donde se recibirá el importe de las becas.
- Una cuenta de correo electrónico para notificación.
Para realizar la tramitación de cualquier solicitud con el Ministerio de Educación el alumnado deberá registrarse en el siguiente enlace, pulsando el botón "Registrarse" en la sección "Educación y yo".
Con objeto de facilitar al alumnado la cumplimentación de las citadas solicitudes, se facilitará en los centros educativos los espacios y medios correspondientes para que puedan solicitar las becas para el próximo curso a través de la página web de la Consejería de Educación y del Ministerio de Educación.
Antes de realizar la conexión para cumplimentar las solicitudes el alumnado deberá tener preparada la siguiente documentación:
- El NIF o NIE de todos los miembros computables de la familia mayores de 14 años, así como la fecha de nacimiento de los citados miembros.
- Una cuenta corriente en la que aparezca el solicitante como titular o cotitular donde se recibirá el importe de las becas.
- Una cuenta de correo electrónico para notificación.
Para realizar la tramitación de cualquier solicitud con el Ministerio de Educación el alumnado deberá registrarse en el siguiente enlace, pulsando el botón "Registrarse" en la sección "Educación y yo".
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