jueves, 25 de junio de 2009

SOBRE EL PERIODO DE ADAPTACIÓN



¿Qué has de saber sobre el periodo de adaptación que los colegios imponen al alumnado de nuevo ingreso (3 años)?


La norma no permite los periodos de adaptación que se aplican en la práctica totalidad de los colegios. Las Delegaciones Provinciales de Educación, a través del servicio de Inspección Educativa, deben velar por el cumplimiento del Calendario Escolar por parte de los centros. La adaptación sólo puede afectar a aquel alumno o alumna que tenga un problema real de adaptación.

Las familias afectadas por esta circunstancia deben saber que:

- De conformidad con las disposiciones normativas que regulan la reducción del tiempo de permanencia en la escuela del alumnado de nuevo ingreso, está flexibilización horaria sólo puede afectar al alumnado que presente necesidades de adaptación escolar.

- Para los niños y niñas que han estado en jardines de infancia y escuelas infantiles (de 0 a 3años) la rutina escolar no es nueva. Su incorporación a la nueva escuela, en la mayoría de los casos, se realiza con normalidad. Someterlos a un periodo de adaptación de dos semanas de duración, además de antinormativo, representa un auténtico trastorno para la conciliación de la vida familiar y laboral de las familias afectadas.

- Si en sus primeros días de estancia en la escuela, tu hijo o hija se desenvuelve con normalidad, la legislación ampara su permanencia en el colegio como cualquier otro alumno o alumna. Si este es tu caso, puedes solicitar por escrito que su jornada escolar sea normal. El centro debe admitir tu solicitud o comunicación y adoptar una resolución sobre la misma.

- Ningún Consejo Escolar puede adoptar acuerdos que vulneren las disposiciones normativas dictadas por la administración responsable del sistema educativo. El colegio no puede imponer un periodo de adaptación amparándose en un acuerdo del Consejo Escolar que ignora que la adaptación es sólo para aquel niño o niña que la necesita.


4 comentarios:

  1. Periodo de adatacion es adaptar a los niños (principalmente 3 años) a una nueva situación y hacerles mas fácil los cambios que implican (nuevas rutinas, separación familiar...).
    Nadie impone nada. Se trata de un bien para estos niños (discutible; hay opiniones para todos los gustos).
    P.D.: Por qué ma da la impresión (personal) que las asociaciones de padres tienen un pulso con los maestros.
    Estamos "todos" juntos en la educación de los niños, y la escuela es para enseñar, no para tenerlos recojidos porque la sociedad no nos da tiempo para nuestra vida familiar.
    bye

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  2. mirar el punto 2 del artículo 18

    http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Orden_BOCM&cid=1142434362642&idBoletin=1142434080491%2C1142434080499&language=es&pagename=BOCM%2FPresentacion%2FpopUpBoletinPDF

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  4. Estimada Ana, gracias por hacer un comentario en éste Blog de FAPACE de Almería.

    Comparar los distintos Decretos en las Comunidades Autónomas nos enriquece. En Andalucía es el Decreto 301/2009 de 14 de Julio, y te pongo el enlace.

    http://www.juntadeandalucia.es/educacion/nav/contenido.jsp?pag=/Contenidos/OEE/calendarioescolar/decreto301_2009&lista_canales=6

    En el Art 6º puntos 2 y 4 están claras las cosas pero la falta de Inspección de cumplimiento del Decreto es patente en la mayoría de los centros.

    Saludos.

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